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Minagri aprueba protocolos para el sector agropecuario y forestal

El Ministerio de Agricultura y Riego (Minagri) aprobó  los protocolos para las actividades del sector : agropecuario y forestal, según la Resolución Ministerial 0117-2020-Minagri, publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano.

Los documentos "Protocolo para la implementación de medidas de vigilancia, prevención y control frente al covid-19 en la actividad ganadera" y "Protocolo para la implementación de medidas de vigilancia, prevención y control frente al covid-19 en la actividad agrícola" fueron aprobados por el Ministerio de Salud, manifiesta la normativa.

Plan para la vigilancia

La norma señala que el empleador de la actividad forestal debe aprobar el plan de vigilancia, prevención y control de covid-19 y registrarlo en el Sistema Integrado para Covid-19 - Sicovid-19 del Ministerio de Salud.

Señala que la continuidad y reanudación de las actividades agrarias están en permanente monitoreo por parte de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), gobiernos regionales y gobiernos locales, con la finalidad de prevenir el incremento de contagio del covid-19.

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Fecha de reanudación

En el caso de la actividad forestal, la reanudación de las actividades es a partir del día siguiente de efectuado el registro del Plan para Vigilancia, Prevención y Control del Covid-19 en el Sistema Integrado para Covid-19 - Sicovid-19 del Ministerio de Salud, a cargo del empleador.

En el caso de la prestación de bienes y servicios y actividades conexas de las actividades exceptuadas de la paralización de sus respectivas actividades, continuarán realizando las mismas, debiendo adecuarse y cumplir con los protocolos aprobados por el artículo 1 de la presente resolución ministerial.

Por último, la norma dispone la publicación de la resolución ministerial en el portal del Estado (www.peru.gob.pe) y en el portal institucional del Ministerio de Agricultura y Riego (www.gob.pe/minagri), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

 

 

Fuente : Agencia Andina, 12 de mayo de 2020

https://bit.ly/35WjcpT

 

 

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Categoria: 
Consultoría en calidad e inocuidad
Tags: 
Alimentos

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