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¡Toma en cuenta! El aforo en sitios arqueológicos es de 40 % en provincias con alerta muy alto

Medida estará vigente hasta el 30 de mayo y rige también para museos, centros culturales y bibliotecas

El aforo en sitios y monumentos arqueológicos, museos, bibliotecas, centros culturales y galerías de arte es de 40 % del total en las provincias con nivel de alerta muy alto, según las últimas disposiciones adoptadas por el Ejecutivo para enfrentar la pandemia del covid-19.

Así lo establece el Decreto Supremo N° 092-2021-PCM, publicado en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, que establece los límites de aforo en los espacios públicos según los niveles de alerta por provincia y departamento, con vigencia hasta el 30 de mayo.

Entre los monumentos arqueológicos y museos ubicados en provincias con nivel de alerta muy alto están el Parque Arqueológico de Machu Picchu (Cusco); el complejo arqueológico Chan Chan (Trujillo); el Museo Nacional Sicán (Ferreñafe); el Monumento Arqueológico y el Museo Nacional Chavín (Huari).

También el Museo Santuarios Andinos, la Casa Museo Mario Vargas Llosa, el Museo de Arte Contemporáneo, el Monasterio y Museo de Arte Virreinal Santa Teresa (Arequipa); las Líneas de Nasca (Nasca), el Museo de Sitio Julio C. Tello (Pisco); el Museo Regional Adolfo Bermúdez Jenkins (Ica).

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Asimismo, la Zona Arqueológica Caral, el complejo arqueológico Vichama, el Museo de Végueta (Barranca); el Museo de Sitio Cabeza de Vaca (Tumbes); el Museo Arqueológico-Etnográfico del Conjunto Monumental Belén, el Museo de Herramientas Andina, el Museo de Arte Religioso del Convento de San Francisco (Cajamarca); el Museo de Sitio Peañas, el Museo de Sitio del Campo de la Alianza (Tacna).

Medidas restrictivas

El toque de queda en estas provincias comienza a las 21:00 horas y termina a las 04:00 horas del día siguiente.

Respecto al aforo, en bancos y otras entidades financieras asciende al 50% del total, al igual que en tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, mercados itinerantes, bodegas y farmacias.

El aforo es hasta 40% en restaurantes y afines en zonas internas; y también en clubes y asociaciones deportivas en espacios cerrados.

En centros comerciales, galerías, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados; así como en casinos y tragamonedas, gimnasios, cines y artes escénicas; y en templos y lugares de culto el aforo es hasta 30% del total.

Está prohibido el uso de las zonas de descanso de arena o piedras inmediatamente colindantes con el mar, la ribera de ríos, lagos o lagunas. La realización de deportes acuáticos sin contacto y con distanciamiento físico o corporal no abarca la enseñanza de dichos deportes.

Finalmente, se elimina la restricción del aforo, pero respetando los protocolos sanitarios, como el uso de doble mascarilla y protector facial, en las actividades en espacios abiertos, como artes escénicas, enseñanza cultural, asociaciones deportivas, actividades de clubes, restaurantes y afines en zonas al aire libre.

Fuente: andina.pe

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Categoria: 
Hoteles
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Marketing Hotelero
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